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Y a esto, ¿Qué hacen las autoridades fiscales?

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    tributacion inteligente
  • 23 ago 2024
  • 2 Min. de lectura

¿Sabías qué? Las autoridades fiscales para el cumplimiento del objeto para el que fueron creadas les fueron conferidas diversas facultades, las que les permiten llevar de manera eficiente y eficaz la recaudación de las contribuciones, esto se logra a través de diversos mecanismos y estrategias encaminadas a verificar, vigilar, comprobar y recaudar los impuestos y contribuciones a los que cada sujeto se encuentre obligado.



Estas deben llevarse a cabo únicamente en el ámbito que les fueron concedidas a través de la Ley, es decir, atendiendo a la competencia tanto material como territorial y dirigida exclusivamente a los contribuyentes obligados, es decir, a personas físicas, morales, entidades públicas, entidades federativas, municipios y las Alcaldías de la ciudad de México que se encuentran obligadas al entero de la contribución, dichas atribuciones consisten principalmente en:


1. Recaudación de impuestos y contribuciones.

2. Fiscalización y verificación del cumplimiento de obligaciones fiscales.

3. Determinación de la base gravable y el monto de los impuestos.

4. Emisión de normas y regulaciones fiscales.

5. Resolución de controversias y recursos relacionados con asuntos fiscales.

6. Inspección y vigilancia de actividades económicas para prevenir la evasión fiscal.

7. Aplicación de sanciones y multas por incumplimiento de obligaciones fiscales.

8. Gestión y administración de la deuda pública.

9. Realización de auditorías y revisiones fiscales.

10. Colaboración con otras autoridades para combatir la evasión y elusión fiscal.





Sin embargo, éstas no pueden llevarse a cabo obedeciendo la simple voluntad de la autoridad, por el contrario, se encuentran obligadas a seguir las formalidades que las leyes prevén, informando a los contribuyentes acerca de sus derechos y obligaciones desde su inicio hasta su conclusión, salvaguardando en todo momento la protección de sus derechos fundamentales.

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