top of page

¿Los nutriólogos deben facturar con IVA? Te explicamos con fundamentos legales

  • Foto del escritor: tributacion inteligente
    tributacion inteligente
  • 10 sept 2025
  • 2 Min. de lectura

Si eres nutriólogo(a) independiente y prestas tus servicios a pacientes en consultorio, en línea o a través de convenios con empresas, probablemente ya te han preguntado alguna vez: “¿Me puedes dar una factura… pero sin IVA?


 Y tal vez tú mismo(a) te has hecho la misma pregunta: ¿Estoy obligado a facturar con IVA como nutriólogo?


La respuesta es . Y en este artículo te explicamos el por qué, con base en la Ley del IVA y su reglamento.



¿Qué dice la Ley del IVA?


La Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) establece en su: Artículo 15, fracción XIV:


“No se pagará el impuesto en la prestación de servicios profesionales de medicina, cuando sean prestados por personas físicas con título de médico y cédula profesional.”


Esto significa que únicamente los servicios prestados por médicos están exentos del IVA. La ley no menciona a los nutriólogos, por lo tanto, sí deben trasladar el IVA del 16% en sus facturas.


¿Qué dice el Reglamento de la Ley del IVA?


Para reforzar aún más este punto, el Artículo 41 del Reglamento de la Ley del IVA aclara:


“Para los efectos del artículo 15, fracción XIV de la Ley, los servicios profesionales de medicina por los que no se está obligado al pago del impuesto, son los de médico, médico veterinario o cirujano dentista, siempre que cumplan con los requisitos que establece la Ley.”


Así que, aunque tu profesión esté relacionada con la salud, el SAT solo exenta a tres profesiones específicas:


  • 👨‍⚕️ Médicos

  • 🦷 Cirujanos dentistas

  • 🐶 Médicos veterinarios


¿Qué pasa si emites una factura sin IVA?


Emitir una factura sin IVA cuando legalmente debes trasladarlo puede representar:


  • Una omisión fiscal que puede ser sancionada.

  • Problemas para tu cliente, ya que la factura no cumpliría con los requisitos de deducibilidad.

  • Incongruencias en tu contabilidad ante el SAT.


¿Qué puedes responder a tus pacientes?


“Por ley, como nutriólogo(a) independiente, mis servicios están gravados con IVA. Esto se establece en el artículo 15 de la Ley del IVA y en el artículo 41 de su reglamento, donde se indica que solo los médicos, dentistas y veterinarios están exentos.”


Y si quiero pagar menos impuestos?


La buena noticia es que sí puedes hacerlo de forma legal, usando deducciones correctamente, eligiendo el régimen fiscal adecuado y planificando tus finanzas con estrategia.


En Tributación Inteligente, somos un equipo de contadores y abogados especializados en el sector salud. Te ayudamos a:


  • Emitir tus facturas correctamente

  • Pagar menos impuestos legalmente

  • Proteger tu consultorio y tu patrimonio


 Si quieres una revisión gratuita de tu situación fiscal, puedes solicitarla aquí



Comentarios


bottom of page